Guía de referencia en árabe sobre la indemnización por cese y el despido injustificado en Baréin conforme a la Ley Laboral n.º 36 de 2012 (Arts. 99, 111 y 116) y la reforma del SIO de 2024 (Resolución 109/2023). Información jurídica general, no asesoramiento legal — verifícalo con un abogado en Baréin, el Ministerio de Trabajo o el SIO.
La indemnización por cese en Baréin (Art. 116) equivale a medio mes de salario por año durante los primeros tres años y a un mes completo por cada año posterior. Desde el 1 de marzo de 2024, la indemnización por fin de servicio de los trabajadores expatriados se financia mediante aportaciones mensuales al SIO (4,2 % y después 8,4 %) y se reclama al SIO en lugar de pagarse como suma única por el empleador. El despido injustificado sin causa válida (Art. 111) se compensa con dos días de salario por mes de servicio, con un mínimo de un mes y un máximo de doce meses de salario. Las reclamaciones de los trabajadores están exentas de tasas judiciales.



