Guía de referencia en árabe sobre la constitución de sociedades en Líbano conforme al Código de Comercio (modernizado por la Ley 126/2019). Información jurídica general, no asesoramiento legal — verifique con un abogado libanés. La crisis posterior a 2019 afecta al sistema bancario y al valor real de las cifras de capital estatutario.
La forma más habitual en Líbano es la SARL (sociedad de responsabilidad limitada), con un capital nominal de LBP 5,000,000; la SAL (sociedad anónima) requiere LBP 30,000,000. Los extranjeros pueden poseer el 100% de una SARL; los sectores restringidos (representación comercial exclusiva, banca/seguros, medios de comunicación) requieren propiedad o consejos de administración de mayoría libanesa. Es obligatorio contar con un abogado. Nota: el colapso de la moneda ha hecho que las cifras de capital en LBP sean insignificantes, y las nuevas empresas suelen operar mediante cuentas en «dólares frescos» (fresh dollar).



