Guía de referencia en árabe sobre la constitución de sociedades en el Irak federal conforme a la Ley de Sociedades N.º 21 de 1997 (con sus modificaciones). Información jurídica general, no asesoría legal — verifique con un abogado iraquí; la Región del Kurdistán presenta un régimen distinto y la norma de propiedad extranjera se revirtió en 2019.
Importante: si bien la Orden 64/2004 de la APC permitió en su momento la propiedad extranjera al 100%, la Enmienda N.º 17 de 2019 reintrodujo un requisito de propiedad iraquí del 51% en la vía estándar de la Ley de Sociedades (por lo que la propiedad extranjera queda, por lo general, limitada al 49%). La propiedad extranjera total o mayoritaria está disponible mediante un proyecto autorizado por la Comisión Nacional de Inversión (NIC), una sucursal de empresa extranjera, o en la Región del Kurdistán. El capital mínimo de la LLC es de 1.000.000 IQD; el registro se tramita a través del Registro de Sociedades (Ministerio de Comercio).



