Guía de referencia en árabe sobre la rescisión de un contrato de alquiler y el desahucio en Dubái, conforme a la Ley n.º 26 de 2007 (modificada por la Ley n.º 33 de 2008) y el Decreto n.º 43 de 2013. El artículo completo está en árabe. Información jurídica general, no asesoramiento legal — verifica con el Centro de Resolución de Disputas de Alquiler o con un abogado.
En Dubái, un arrendador solo puede desahuciar a un inquilino durante la vigencia del contrato por motivos limitados (como el impago tras un aviso de 30 días), y al término del contrato únicamente por razones específicas —venta, uso personal por parte del propietario o de un familiar de primer grado, o demolición/renovación importante—, con un aviso de 12 meses notificado a través de un notario público o correo certificado. Los aumentos de alquiler están limitados por el índice de alquileres de RERA (Decreto 43/2013). La rescisión anticipada por parte del inquilino depende de la cláusula de salida anticipada del contrato. Las disputas se dirimen ante el Centro de Resolución de Disputas de Alquiler; la tasa de presentación es del 3,5 % del alquiler anual (mínimo 500 AED).



